La Ley 2/2023, de 20 de febrero, marca un hito en la regulación de la protección de personas que informan sobre infracciones normativas y corrupción. Esta normativa refuerza la transparencia y la lucha contra el fraude en el ámbito de las entidades sin ánimo de lucro, imponiendo la obligación de contar con un canal de denuncias para ciertos tipos de organizaciones, incluidas las fundaciones que cumplan con determinados requisitos.
En este artículo, explicaremos qué es un canal de denuncias, qué fundaciones están obligadas a implantarlo y daremos algunas pautas clave para su implementación.
¿Qué es un canal de denuncias?
Un canal de denuncias es un sistema que permite a cualquier persona informar sobre posibles infracciones normativas o actos ilícitos dentro de una organización de manera confidencial. El objetivo principal de este canal es prevenir, detectar y actuar sobre irregularidades que puedan dañar tanto la integridad de la fundación como su reputación.
Entre las conductas que pueden denunciarse destacan las infracciones penales, administrativas graves o muy graves, acoso laboral, corrupción, blanqueo de capitales y terrorismo, entre otras.
El objetivo principal de este canal es prevenir, detectar y actuar sobre irregularidades que puedan dañar tanto la integridad de la fundación como su reputación.
Además de asegurar la confidencialidad del informante, este canal debe garantizar la protección contra represalias. La ley impone que estas denuncias sean gestionadas con la debida diligencia, respetando los derechos de todas las partes implicadas.
¿Qué fundaciones están obligadas a implantar un canal de denuncias?
No todas las fundaciones están obligadas a contar con un canal de denuncias. La Ley 2/2023 especifica que esta obligación recae en fundaciones que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Fundaciones que tengan más de 50 personas trabajadoras: Cualquier fundación privada que cuente con una plantilla de más de 50 personas debe disponer de un canal de denuncias que forme parte de su sistema interno de información.
- Fundaciones que reciban fondos públicos: Fundaciones que reciban subvenciones o cualquier tipo de financiación pública, independientemente del número de trabajadores o el importe recibido, están también obligadas a tener este sistema.
- Fundaciones obligadas por normativas sectoriales: Aquellas fundaciones que se vean afectadas por otras normativas europeas o nacionales sobre prevención del blanqueo de capitales, terrorismo o mercados financieros también deben cumplir con esta obligación.
En resumen, las fundaciones con empleados a partir de 50 personas, las que reciban fondos públicos y las que estén sujetas a normativas específicas deben poner en marcha un canal de denuncias.
Consejos para implantar un canal de denuncias en fundaciones
Implementar un canal de denuncias eficaz no solo es un requisito legal, sino también una oportunidad para reforzar la transparencia y ética en las fundaciones. A continuación, ofrecemos algunas recomendaciones clave:
- Diseño accesible y adaptado a la organización: El canal debe ser accesible para todos los interesados, tanto empleados como voluntarios, socios, proveedores, beneficiarios y colaboradores externos. Es importante habilitar varios medios de comunicación (correo electrónico, aplicación informática, teléfono, buzones físicos, etc.), garantizando siempre la facilidad de uso y el anonimato cuando sea requerido.
- Confidencialidad y protección del informante: Asegurar la confidencialidad del denunciante es crucial para fomentar la confianza en el sistema. Se deben implementar protocolos estrictos para evitar filtraciones y garantizar que el informante no sufra represalias. En este sentido, es fundamental la formación del personal encargado de gestionar las denuncias.
- Seguridad en la gestión de datos: La información recabada debe ser tratada con altos estándares de seguridad, cumpliendo con la Ley Orgánica de Protección de Datos. El sistema debe estar diseñado para evitar accesos no autorizados y proteger la integridad y confidencialidad de los datos.
- Proceso claro y estructurado: El canal debe contar con procedimientos bien definidos para la recepción, análisis, investigación y resolución de las denuncias. Las fundaciones deben establecer tiempos específicos para cada fase del proceso y garantizar la comunicación constante con el informante, manteniéndolo al tanto del estado de la investigación.
- Integración con el sistema de compliance: El canal de denuncias no debe ser un sistema aislado. Es recomendable que esté plenamente integrado dentro del sistema de compliance de la fundación, contribuyendo a una cultura organizacional de cumplimiento normativo y buenas prácticas.
- Formación y sensibilización: Para que el canal de denuncias sea eficaz, es fundamental que todos los miembros de la fundación conozcan su existencia, su utilidad y cómo utilizarlo. Impartir formaciones periódicas a empleados y otros interesados ayudará a crear una cultura de cumplimiento y confianza en la organización.
- Supervisión y mejora continua: Es recomendable establecer mecanismos de auditoría y revisión periódica del canal de denuncias. Esto permitirá identificar posibles debilidades en el sistema y ajustarlo para mejorar su eficacia.
La implementación de un canal de denuncias en las fundaciones no solo es un requisito legal para aquellas que cumplan con los criterios mencionados, sino que también representa una herramienta clave para mejorar la transparencia y la ética organizacional.
Un sistema bien gestionado protege a la entidad frente a posibles irregularidades y garantiza la protección de los derechos de todos los involucrados.
Por ello, es esencial que las fundaciones valoren la importancia de este canal y que diseñen un sistema adaptado a sus necesidades y características. Si necesitas asesoramiento en la implantación de un canal de denuncias o en cualquier aspecto relacionado con el compliance, en Bados Duplá trabajamos conjuntamente con Legitec, empresa especializada en servicios de consultoría, auditoría y formación relacionados con el cumplimiento normativo de organizaciones.