La liquidación de una fundación es una fase crítica que sigue a la decisión de su extinción, siendo un proceso que debe llevarse a cabo con meticulosidad para asegurar que los bienes y derechos resultantes se gestionen y distribuyan conforme a la ley y los estatutos de la fundación.
En este artículo exploramos los aspectos legales y procedimentales involucrados en la liquidación de fundaciones en España, basándonos en la normativa actual vigente.
Inicio del proceso de liquidación
El procedimiento de liquidación de una fundación comienza inmediatamente después de que se determina su extinción, excepto en los casos donde la extinción resulte directamente de una fusión.
La gestión de este proceso recae en el Patronato de la fundación, bajo la supervisión del Protectorado, quien puede requerir información y documentación relevante en cualquier momento para asegurarse de que la liquidación se lleve a cabo adecuadamente.
Procedimiento detallado para la liquidación
- Aprobación del balance de apertura: El Patronato debe aprobar un balance inicial de liquidación que refleje la situación exacta de los bienes y obligaciones de la fundación en el momento de iniciar la liquidación.
- Gestión de deudas y obligaciones: Incluye el pago a acreedores y la satisfacción de cualquier deuda pendiente, asegurando que todas las obligaciones financieras sean cubiertas antes de proceder con la distribución de los bienes restantes.
- Distribución de bienes: Los bienes y derechos resultantes deben destinarse según lo establecido en los estatutos de la fundación o, en su defecto, como lo determine el Protectorado. Estos bienes deben dirigirse a entidades no lucrativas privadas o públicas que persigan fines de interés general y cuyos propios estatutos determinen la afectación de sus bienes a estos fines incluso en caso de disolución.
Especialidades legislativas autonómicas
Es crucial considerar que las regulaciones específicas pueden variar entre las distintas comunidades autónomas de España, lo que podría afectar el procedimiento de liquidación. Las fundaciones deben estar al tanto de estas regulaciones locales para asegurar el cumplimiento total durante el proceso de liquidación.
La liquidación de una fundación no solo se trata de cerrar legalmente una entidad
Documentación y modelos disponibles
Para facilitar este proceso, en Bados Duplá disponemos de modelos de documentos útiles como la solicitud de ratificación del acuerdo de liquidación por parte del Protectorado, el balance final de liquidación y la solicitud de cancelación de los asientos registrales en el Registro de Fundaciones.
Consideraciones finales
La liquidación de una fundación no solo se trata de cerrar legalmente una entidad, sino que también implica la responsabilidad de garantizar que su legado y activos continúen apoyando fines de interés general, respetando la voluntad del fundador y los principios fundacionales.
El asesoramiento legal por parte de expertos, como el proporcionado por despachos como Bados Duplá, es fundamental para llevar a cabo este proceso con garantías de cumplimiento legal y ético.