La responsabilidad penal de las personas jurídicas, introducida en España a través de la reforma del Código Penal en 2010 y reforzada en 2015, ha tenido un impacto significativo en el sector fundacional. Las fundaciones, como cualquier otra persona jurídica, pueden ser responsables penalmente por delitos cometidos en su seno, lo que resalta la necesidad de adoptar medidas preventivas eficaces.
En este artículo, exploraremos qué implica la responsabilidad penal para las fundaciones y cómo mitigarlo mediante programas de compliance.
¿Qué es la responsabilidad penal de las personas jurídicas?
Hasta 2010, en España, solo las personas físicas podían ser responsables penalmente. Sin embargo, con la introducción del artículo 31 bis del Código Penal, las personas jurídicas, incluidas las fundaciones, pueden ser sancionadas si se cometen ciertos delitos en su nombre y en su beneficio, ya sea directo o indirecto.
La normativa establece que una fundación puede ser penalmente responsable si:
- El delito fue cometido por representantes legales o personas con facultades de decisión.
- El delito fue cometido por personas sometidas a la autoridad de la organización, siempre que haya habido una falta grave en la supervisión.
Consecuencias legales y reputacionales
Las sanciones para una fundación pueden incluir multas, la suspensión de sus actividades, el cierre temporal o incluso su disolución. No obstante, sin necesidad de que haya consecuencias legales tan graves, la fundación debe tener en cuenta también el daño reputacional.
Un escándalo relacionado con malas prácticas puede erosionar la confianza de donantes, voluntarios y beneficiarios, comprometiendo su misión social.
El programa de compliance como solución clave
Un programa de compliance es una herramienta esencial para mitigar la responsabilidad penal y reforzar la confianza en la fundación. Este programa debe incluir:
- Mapa de riesgos: Identificación de áreas susceptibles de generar delitos, como la gestión financiera o la contratación.
- Códigos de conducta y políticas internas: Establecer normas claras sobre cómo deben actuar los miembros de la fundación.
- Canales de denuncia: Permitir que cualquier irregularidad sea reportada de manera segura y confidencial.
- Formación y sensibilización: Garantizar que todos los empleados y voluntarios comprendan la importancia de cumplir con las normativas.
- Supervisión continua: Realizar auditorías periódicas para asegurarse de que las medidas adoptadas son efectivas.
Según la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, un modelo de prevención penal eficaz no solo debe estar bien diseñado, sino también ejecutado correctamente para que la entidad pueda eximirse de responsabilidad o atenuarla.
Beneficios adicionales del compliance
Además de proteger a la fundación frente a sanciones penales, un programa de compliance bien implementado genera otras ventajas:
- Refuerzo de la confianza: Los donantes y colaboradores ven a la fundación como una organización transparente y confiable.
- Mejor gestión organizativa: Ayuda a formalizar procesos internos y tomar decisiones con mayor rigor.
- Mitigación de riesgos reputacionales: Evita que la organización sea percibida como poco ética o poco profesional.
Casos de éxito en la implementación del compliance
Muchas fundaciones ya han dado el paso hacia la profesionalización mediante la adopción de programas de compliance. Por ejemplo, organizaciones que operan con fondos públicos o en entornos internacionales han fortalecido su posición y han aumentado la confianza de sus financiadores al mostrar un firme compromiso con la transparencia y el buen gobierno.
En un entorno legal cada vez más exigente, contar con un programa de compliance no es solo una opción, sino una necesidad para las fundaciones.
En un entorno legal cada vez más exigente, contar con un programa de compliance no es solo una opción, sino una necesidad para las fundaciones. Este modelo no solo protege frente a riesgos legales, sino que también garantiza la sostenibilidad y reputación de la organización a largo plazo.
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¡Excelente artículo! Me ha resultado muy útil para comprender la importancia del “compliance” en el ámbito de las fundaciones. La explicación sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas es clara y concisa, y los consejos para implementar un programa de “compliance” son muy prácticos. Sin duda, este artículo es una lectura obligada para cualquier persona involucrada en la gestión de una fundación.
Muchas gracias Marta.